¿Qué es la violencia contra la población LGBT? Una mirada desde lo estructural y lo cotidiano

 

¿Qué es la violencia contra la población LGBT? Una mirada desde lo estructural y lo cotidiano

En esta sección se analizarán las distintas formas de violencia que sufre la población LGBT: desde las agresiones físicas y verbales, hasta la violencia institucional y simbólica. Se utilizarán estadísticas, testimonios y estudios recientes que evidencien cómo opera esta violencia tanto en espacios públicos como privados.

Violencia estructural y cotidiana

La violencia estructural se describe a las situaciones sociales, políticas y económicas que rechazan a ciertos grupos de forma metódica. En el caso de la comunidad LGBTI+, esto encierra:

  • La falta de ingreso a la salud exhaustiva con enfoque en diversidad.
  • El abandono o ineptitud de leyes antidiscriminatorias.
  • La distinción laboral y educativa.
  • La repercusión institucional y religiosa.

Sin embargo, la violencia cotidiana se describe a las microagresiones, bromas, comentarios despectivos, invisibilización y repercusión que viven diversas personas en su día a día, tanto en el área pública como privada.[1]

Por otro lado, la violencia cotidiana se refiere a los microagresiones, burlas, comentarios despectivos, invisibilización y rechazo que viven muchas personas en su día a día, tanto en el espacio público como privado.

 Discriminación, estereotipos y delitos por odio

La discriminación contra personas LGBTI+ se muestra de diversas formas: no ser contratadas por su identidad, ser echadas por su expresión de género, no tomar atención médica conveniente, o ser víctimas de acoso en escuelas y zonas de trabajo. A esto se agregan los estereotipos, que trascienden de carácter negativo las identidades diversas (por ejemplo, pensar que una persona bisexual es "involucrada" o "promiscua").

Cuando esta violencia se desarrolla y toma modo de agresión directa por impulso de la orientación sexual o identidad de género, se cambia en un delito de odio, lo cual convendría ser penado por el Estado bajo marcos de amparo de los derechos humanos.

Acoso laboral por orientación o identidad de género

En numerosos argumentos, principalmente conservadores, el ambiente laboral es uno de los sitios más contrarios para las personas LGBTI+. El acoso laboral logra ir desde la ironía continua, el retraimiento, la sobrecarga de trabajo, hasta la degradación injustificada. Las personas trans y no binarias frecuentan estar especialmente exhibidas a esta violencia, esencialmente cuando su expresión de género no encaja con las perspectivas sociales[2]

«San José, 29 de julio de 2024 – En el último año se detectaron cerca de 1.7 millones de mensajes y conversaciones en redes sociales de Costa Rica ligadas a discursos de odio y discriminación, en comparación con las 1.5 millones encontradas en el período anterior, lo que representa un incremento del 19%»[3].

Lo cual da la certeza que el discurso de odio no solo permanece, sino que se incrementa en medios virtuales.

Este tipo de violencia característica, no obstante, no siempre se denuncia como delito, tiene efectos catastróficos: aumenta estigmas, demuestra la exclusión social y normaliza la violencia hacia personas LGBTI+, esencialmente contra quienes se visibilizan o protegen abiertamente su identidad de género u orientación sexual.


[1]

«Discursos de odio y discriminación crecen en Costa Rica pero a menor ritmo que en años anteriores.» Naciones Unidas Costa Rica. 29 de julio de 2024. https://costarica.un.org/es/275253-discursos-de-odio-y-discriminaci%C3%B3n-crecen-en-costa-rica-pero-menor-ritmo-que-en-a%C3%B1os?afd_azwaf_tok=eyJhbGciOiJSUzI1NiJ9.eyJhdWQiOiJjb3N0YXJpY2EudW4ub3JnIiwiZXhwIjoxNzQ1NDM3MjM0LCJpYXQiOjE3NDU0MzcyMjQsImlzcyI6In (último acceso: 2025).

 

¿Como es la circunstancia jurídica con respecto a los crímenes de odio en Costa Rica o violencia hacia la población LGBT?

«En Costa Rica, los crímenes de odio por orientación sexual e identidad de género no están tipificados, eso significa que no hay un delito que permita sancionar este tipo de agresión»[4]

ARTICULO ÚNICO- Se adiciona un inciso 11) al artículo 112 de la Ley 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970. El texto es el siguiente:

Artículo 112- Homicidio calificado

Se impondrá prisión de veinte a treinta y cinco años, a quien de muerte: (...)

11) A una persona por motives de odio a causa de su pertenencia a un grupo etario, racial, étnico, religioso, de su nacionalidad, opinión política, situación migratoria, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad o características genéticas [5] 

 imagen 1crimenes de odio [6]

Sin embargo,los derechos humanos son inherentes a todas las personas, sin desenvoltura de ningún tipo, conteniendo orientación sexual o identidad de género. Para la población LGBTI+.

No obstante, muchas veces estos derechos son violados de manera sistemática debido a obsesiones sociales, descuido del Estado o ausencia de políticas públicas inclusivas.

La identidad de género

En el contexto LGBTI+, dar la razón y respetar la identidad de género involucra reconocer cómo una persona se designa a sí misma, incluyendo su nombre, pronombres y modo de vivir su cuerpo y su rol en la sociedad. No respetar esto consigue establecer una forma de violencia simbólica o psicológica.

 Expresión de género

Diversas personas LGBTI+ sobrellevan diferencia o agresiones absolutamente por no efectuar con las normas acostumbradas de cómo “debe verse” un hombre o una mujer. 

    ¿Como se puede representar las instituciones que producen esta violencia?

Se muestra que hay diversas formas de poder violentar contra la población LGBTI y un ejemplo se muestra a continuación. 



                          Institución                 Forma de violencia                                  Ejemplo

 imagene 2 Elaboracion propia:Gabriela chaves 

Basada en «Análisis sobre vulnerabilidades y violencia que enfrenta la población LGBTQ+en cinco países de la subregión de Centroamérica.»



[1]

«Análisis sobre vulnerabilidades y violencia que enfrenta la población LGBTQ+en cinco países de la subregión de Centroamérica.» Infosegura. 2023. https://www.undp.org/sites/g/files/zskgke326/files/2024-05/informe-de-analisis-de-la-encuesta-a-poblacion-lgbtq_es.pdf (último acceso: 2025).

[2]

«Análisis sobre vulnerabilidades y violencia que enfrenta la población LGBTQ+en cinco países de la subregión de Centroamérica.» Infosegura. 2023. https://www.undp.org/sites/g/files/zskgke326/files/2024-05/informe-de-analisis-de-la-encuesta-a-poblacion-lgbtq_es.pdf (último acceso: 2025).


[3]«Discursos de odio y discriminación crecen en Costa Rica pero a menor ritmo que en años anteriores.» Naciones Unidas Costa Rica. 29 de julio de 2024. https://costarica.un.org/es/275253-discursos-de-odio-y-discriminaci%C3%B3n-crecen-en-costa-rica-pero-menor-ritmo-que-en-a%C3%B1os?afd_azwaf_tok=eyJhbGciOiJSUzI1NiJ9.eyJhdWQiOiJjb3N0YXJpY2EudW4ub3JnIiwiZXhwIjoxNzQ1NDM3MjM0LCJpYXQiOjE3NDU0MzcyMjQsImlzcyI6In (último acceso: 2025).

[4] Arroyo Navarrete, Larissa, y Michelle Jones Pérez. «Crimenes de odio por orientación sexual e identidad de género real o precibida en Costa Rica análisis para el 2020.» Mecanismos Coordinador de País, s.f. 

 [5] 

 «LEY 4573, CODIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970.» Procuraduría General de la República . 25 de 04 de 2022. http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=97016&nValor3=130369&strTipM=TC (último acceso: 2025).

[6]

«crimenes de odio.» google. 23 de abril de 2025. https://www.google.com/search?sca_esv=f35f7c11fd1fb00c&rlz=1C1RLNS_esCR1111CR1111&sxsrf=AHTn8zrcqmrIS1hEO-duR13TL7w_al9-8w:1745440070456&q=imagenes+contra+crimenes+de+odio&udm=2&fbs=ABzOT_BnMAgCWdhr5zilP5f1cnRvK9uZj3HA_MTJAA6lXR8yQAbzyrKIF75NMnKCBDSAUZnAV.


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